19 abr 2006

Porqué no a la Ley televisa

A ver, para que estemos mejor informados aquí les paso un link tomado de la página de Chibiboto que nos da razones claras de porque el tratar de echar atrás esta ley que sólo beneficia a unos cuantos.
Vienen implementadas algunas medidas y acciones para que nos podamos expresar y que esto se haga visible.



Es increíble ver que si no pasa por la Tele un fenómeno NO EXISTE para muchos mexicanos, tal como nos quieren dar a entender con la estupidez esa de la silla vacía. Es de verdad una tristeza.



Échenle un ojo, allí encontraran la ley, sus implicaciones y las acciones a tomar.El link es este:



No a la Ley Televisa







Imagen extraída del peródico:
El Universal, Miércoles 19 de abril 2006.
Palomo, Estado Benefactor

18 abr 2006

Radio toloache

Por fin llego este primer podcast de Terrible Funk traído desde el mismísimo estudio de grabaciones de Radio toloache ubicada en el barrio menos escuchado del país del olvido.
Espero sus opiniones y pues si tienen internet con baja velocidad pues les aconsejo conserven la paciencia porque esta cosa pesa algo así como 10 megas.
Traté de comprimirlo un poco más pero la verdad es que se oye muy del nabo y ese cuate (el nabo) nunca me ha caído bien.

Saludos.


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17 abr 2006

Articulos 71 y 72 de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos

Sección II
De la iniciativa y formación de las leyes




Artículo 71.- El derecho de iniciar leyes o decretos compete:

I. Al Presidente de la República;

II. A los Diputados y Senadores al Congreso de la Unión; y

III. A las Legislaturas de los Estados.


Las iniciativas presentadas por el Presidente de la República, por las Legislaturas de los Estados o por las diputaciones de los mismos, pasarán desde luego a comisión. Las que presentaren los Diputados o los Senadores, se sujetarán a los trámites que designe el Reglamento de Debates.





Artículo 72.- Todo proyecto de ley o decreto, cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose el Reglamento de Debates sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones.

A) Aprobado un proyecto en la Cámara de su origen, pasará para su discusión a la otra. Si ésta lo aprobare, se remitirá al Ejecutivo, quien, si no tuviere observaciones que hacer, lo publicará inmediatamente.

B) Se reputará aprobado por el Poder Ejecutivo todo proyecto no devuelto con observaciones a la Cámara de su origen dentro de diez días útiles; a no ser que, corriendo este término, hubiere el Congreso cerrado o suspendido sus sesiones, en cuyo caso la devolución deberá hacerse el primer día útil en que el Congreso esté reunido.

C) El proyecto de ley o decreto desechado en todo o en parte por el Ejecutivo será devuelto, con sus observaciones, a la Cámara de su origen. Deberá ser discutido de nuevo por ésta, y si fuese confirmado por las dos terceras partes del número total de votos, pasará otra vez a la Cámara revisora. Si por ésta fuese sancionado por la misma mayoría, el proyecto será ley o decreto y volverá al Ejecutivo para su promulgación.

Las votaciones de ley o decreto serán nominales.

D) Si algún proyecto de ley o decreto fuese desechado en su totalidad por la Cámara de revisión volverá a la de su origen con las observaciones que aquélla le hubiese hecho. Si examinado de nuevo fuese aprobado por la mayoría absoluta de los miembros presentes, volverá a la Cámara que lo desechó, la cual lo tomará otra vez en consideración, y si lo aprobare por la misma mayoría pasará al Ejecutivo para los efectos de la fracción A; pero si lo reprobase, no podrá volver a presentarse en el mismo período de sesiones.

E) Si un proyecto de ley o decreto fuese desechado en parte o modificado, o adicionado por la Cámara revisora, la nueva discusión de la Cámara de su origen versará únicamente sobre lo desechado o sobre las reformas o adiciones, sin poder alterarse en manera alguna los artículos aprobados. Si las adiciones o reformas hechas por la Cámara revisora fuesen aprobadas por la mayoría absoluta de los votos presentes en la Cámara de su origen, se pasará todo el proyecto al Ejecutivo para los efectos de la fracción a). Si las adiciones o reformas hechas por la Cámara revisora fueren reprobadas por la mayoría de votos en la Cámara de su origen volverán a aquélla para que tome en consideración las razones de ésta, y si por mayoría absoluta de votos presentes se desecharen en esta segunda revisión dichas adiciones o reformas, el proyecto en lo que haya sido aprobado por ambas Cámaras, se pasará al Ejecutivo para los efectos de la fracción a). Si la Cámara revisora insistiere, por la mayoría absoluta de votos presentes, en dichas adiciones o reformas, todo el proyecto no volverá a presentarse sino hasta el siguiente período de sesiones, a no ser que ambas Cámaras acuerden, por la mayoría absoluta de sus miembros presentes, que se expida la ley o decreto sólo con los artículos aprobados y que se reserven los adicionados o reformados para su examen y votación en las sesiones siguientes.

F) En la interpretación, reforma o derogación de las leyes o decretos se observarán los mismos trámites establecidos para su formación.

G) Todo proyecto de ley o decreto que fuere desechado en la Cámara de su origen, no podrá volver a presentarse en las sesiones del año.

H) La formación de las leyes o decretos puede comenzar indistintamente en cualquiera de las dos Cámaras con excepción de los proyectos que versaren sobre empréstitos, contribuciones o impuestos, o sobre reclutamiento de tropas, todos los cuales deberán discutirse primero en la Cámara de Diputados.

I) Las iniciativas de leyes o decretos se discutirán preferentemente en la Cámara en que se presenten, a menos que transcurra un mes desde que se pasen a la comisión dictaminadora sin que ésta rinda dictamen, pues en tal caso el mismo proyecto de ley o decreto, puede presentarse y discutirse en la otra Cámara.

J) El Ejecutivo de la Unión no puede hacer observaciones a las resoluciones del Congreso o de alguna de las Cámaras, cuando ejerzan funciones de cuerpo electoral o de jurado, lo mismo que cuando la Cámara de Diputados declare que debe acusarse a uno de los altos funcionarios de la Federación por delitos oficiales.


Tampoco podrá hacerlas al decreto de convocatoria a sesiones extraordinarias que expida la Comisión Permanente.

12 abr 2006

Señor Presidente Vicente Fox:

Supongo que usted también está a favor de la ignorancia. Al parecer usted también padece de esta enfermedad que ha contaminado gran parte de la población mexicana que es la televisión. Y no es que el mismo medio sea algo malo o perverso, sino los usos que las televisoras locales le están dando. Al haber aprobado la ley Televisa, sabiendo todas las contradicciones y consecuencias que se contraen con ello (porque usted ya no tiene pretexto, sabía lo que la ley trae consigo) es usted un irresponsable partícipe de que un medio de comunicación tan importante y de tan gran alcance como la televisión pase a manos de particulares. ¿Qué acaso no sabe todo el poder que les ha otorgado?, ¿qué acaso como estado no le importa tener órganos de difusión cultural?, ¿porqué dejarles todo a ellos que siguen convirtiendo a nuestros adolescentes en "rebeldes" que respondan a las modas y el mercado generando un consumo estúpido e irresponsable?, ¿no le interesa tener seres humanos pensantes que aporten y ayuden a construir una sociedad mejor?, ¿Qué no el presupuesto destinado a las campañas políticas, que por cierto viene de nuestros impuestos, no es suficiente para pagar esos estúpidos spots televisivos carentes totalmente de sentido y de política?, ¿qué acaso no se da cuenta usted de que la educación es uno de los principales problemas de los que adolece nuestra nación? Por lo tanto no me queda más que llamarlo cómplice de este atentado a nuestra hermosa nación. La muy poca fe que le tenía (porque a pesar de todo la tenía), ha pasado a desvanecerse junto con la de gran parte de mexicanos que no queríamos que esto sucediera.




La nación, México, está demandando gobernantes de altura, críticos e inteligentes. Ya estamos hartos de estos tratos que se dan por debajo del agua, a escondidas del pueblo.
Por lo que respecta a la televisión yo ya he dejado de verla como protesta a lo que está sucediendo gracias a usted y a todo nuestro poder legislativo.
Señor Presidente, usted sabe que el pueblo no tiene las armas suficientes para poderlo juzgar hoy, más de la historia usted sabe que no escapará.




ATTE.




Los mexicanos que deseamos un país mejor.





¿Quiénes son los peligrosos? · Helguera

Cartón extraído de La jornada, Miércoles 12 de abril de 2006

11 abr 2006

Radio toloache

Y para seguir con el funk en los oídos ahí les dejo esto de Mandrill con el tema homónimo que está más poderoso que tres vasos de chocomilk por la mañana junto con tres aspirinas, una coca y un café. Extraído del album Fencewalk: The Anthology. Los sensacionales Mandrill surgen por allá de la década de los 70's presentando una muy interesante fusión entre el jazz, el funk, los ritmos latinos y el R&B, lo que da como resultado un rockerísimo experimento que no se aleja de las raíces del funk y que nutre el movimiento que se gestó durante esa década. Son ellos mismos quienes posteriormente serán reconocidos en la película "Los guerreros" con el tema Echoes In My Mind. Disfrútenlo, escúchenlo, gózenlo y después háblamos.





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Estimado Robot, el buen cienciologo Isaac Hayes aparecera en su debido momento. Gracias por sus comentarios.

3 abr 2006



No a la Ley Televisa.



El Congreso ha muerto.



Señor presidente vete la Ley

Televisa








Si quieres ayudar imprímelo y pégalo en coches y ventanas de casas.