Extraído de Estudio ateo
- Persona que abandona a la Iglesia Católica.
- Persona que niega la fe de Jesucristo recibida en el bautismo.
- Persona que abandona la orden a la que pertenece.
ES UN DERECHO RECONOCIDO EN LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y EN ESPAÑA CONCRETAMENTE, PROTEGIDO POR LA CONSTITUCIÓN.
APOSTASÍA
La apostasía es darse de baja, borrarse, salirse, renunciar de la Iglesia Católica.
El condecer la apostasía no es algo que da la Iglesia, sino un derecho que tienes reconocido en las Leyes Internacionales. O sea, por mucho que quieran no pueden negar el hecho de que apostates.
Hay varios modos y modelos. Elige el que quieras.
-Uno de ellos es el único medio reconocido por la Iglesia Católica, mediante el cual uno/a puede darse de baja de ésta, pero no el único. La Iglesia no manda sobre la apostasía, sino tú.
-Otros son modelos ajustados a la ley, por lo que no pueden negarse a darte de baja de su asociación, organización, institución o quiera llamarse.
Por ley tienes derecho a renunciar a cualquier religión en el momento que quieras en el lugar que quieras.